Preparación de comunicaciones al Comité DD. HH. de la ONU

Si desea presentar una comunicación individual, es decir, una queja, ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, evaluaré si existen motivos razonables para hacerlo.
Solo puede presentar una comunicación individual ante el Comité contra un Estado que figure en la tabla del Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y para el que conste al menos una fecha sin corchetes en la columna «Entrada en vigor».
Solo las personas físicas que se consideren víctimas de vulneraciones pueden presentar una comunicación individual ante el Comité. Una organización no puede ser autora de una comunicación individual ante el Comité.
El Comité solo examina comunicaciones relativas a vulneraciones de los derechos y libertades reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Sin embargo, los recursos del Comité no bastan para examinar en cuanto al fondo todas las quejas que formalmente pueden quedar comprendidas en el Pacto. Por ello, según la jurisprudencia publicada del Comité, en la práctica tiene sentido acudir a él principalmente cuando la comunicación se refiere a:
  • la privación arbitraria de la vida o el riesgo real de tal privación, incluidos los casos de imposición o ejecución de una condena a muerte en violación del Pacto, así como la desaparición forzada;
  • la tortura, las penas o los tratos crueles, inhumanos o degradantes, la falta de una investigación efectiva de tales actos y el uso en un procedimiento de confesiones u otras declaraciones obtenidas mediante tortura u otras formas de coacción;
  • la privación arbitraria de libertad o la detención prolongada sin un control judicial efectivo;
  • la expulsión, la deportación o la extradición cuando exista un riesgo real de privación arbitraria de la vida, de tortura o de penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes;
  • la persecución por sus declaraciones, por realizar actividades periodísticas, de defensa de los derechos humanos, políticas o religiosas, por participar en reuniones pacíficas o por crear asociaciones o participar en sus actividades;
  • la obstaculización injustificada de la participación en elecciones;
  • la restricción discriminatoria de derechos por motivos de raza, color, sexo, idioma, orientación sexual, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, o cualquier otra condición;
  • la injerencia arbitraria o ilegal en la vida privada y familiar, incluida la separación familiar;
  • la restricción del derecho de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas a tener su propia vida cultural, profesar su religión y emplear su propio idioma, así como del derecho de los pueblos indígenas a mantener su modo de vida tradicional.
Si la comunicación se refiere únicamente a una vulneración del derecho a un proceso con las debidas garantías, solo tiene sentido en la práctica cuando existe arbitrariedad manifiesta o una denegación flagrante de justicia, por ejemplo, cuando la persona ha sido privada de hecho del acceso a un tribunal, de la posibilidad de defenderse o del derecho a que su causa sea examinada por un tribunal independiente e imparcial. En los demás casos, las vulneraciones concretas de este derecho solo pueden ser relevantes para el Comité si están directamente vinculadas a alguna de las materias enumeradas anteriormente.
Si en la actualidad el TEDH u otro órgano internacional está examinando el mismo asunto, no se puede presentar una comunicación individual ante el Comité sobre ese asunto. Si el TEDH ya ha concluido el examen del mismo asunto, solo se puede presentar una comunicación individual ante el Comité contra un Estado respecto del cual figure «sí» en la columna «Comité DD. HH. ONU tras el TEDH» de la tabla del Primer Protocolo Facultativo.
El precio de preparar una comunicación individual depende del tiempo que requiera el trabajo. El margen puede ser muy amplio: desde unos cientos de euros, si bastan dos o tres horas, hasta 10.000 euros o más, si hacen falta decenas de horas. Ese tiempo es necesario para estudiar los documentos, seleccionar los hechos esenciales, buscar y analizar toda la jurisprudencia actual del Comité que sea pertinente para cada posible queja, tanto sobre el fondo como sobre la admisibilidad, formular las quejas sobre esa base, fundamentar cada vulneración, justificar que cada queja cumple los requisitos de admisibilidad y exponer después todo ello en la comunicación individual de forma breve, clara y coherente.
Solo a partir de los documentos puedo determinar cuánto tiempo hará falta en su caso y, por tanto, cuánto costará preparar la comunicación individual. Facilite todas las decisiones y demás documentos relativos a las medidas que cuestiona, todos los escritos presentados ante las autoridades nacionales, incluidos los tribunales, en los que esas quejas se hayan formulado en cuanto al fondo, así como todas las decisiones adoptadas al respecto. Si ha acudido al TEDH o a otro órgano internacional por el mismo asunto, facilite también todos los documentos relacionados con ese procedimiento. Si ya dispone de todo el expediente en formato electrónico, es preferible que lo facilite completo desde el principio. No se preocupe por enviar documentos de más ni por omitir alguno: si, después de estudiar lo recibido, necesito documentos adicionales, se los pediré.
Normalmente respondo a la solicitud de presupuesto para preparar una comunicación individual en el plazo de una semana desde que recibo todos los documentos y la información necesarios.
Si concluyo que existen perspectivas razonables para acudir al Comité, le comunicaré el precio exacto de la preparación de la comunicación individual teniendo en cuenta las quejas que tenga sentido plantear, y le indicaré muy brevemente qué quejas no tiene sentido formular. Al mismo tiempo le enviaré el contrato para preparar la comunicación. El servicio puede pagarse mediante transferencia bancaria a mi cuenta en Suiza o por otros medios, según el país desde el que se efectúe el pago. Al finalizar el trabajo, recibirá por correo electrónico el texto de la comunicación individual, los anexos preparados y las explicaciones sobre cómo enviarlo todo al Comité. La representación ante el Comité y cualquier otro trabajo sobre el asunto no están incluidos en el precio de la preparación de la comunicación. Si concluyo que no existen perspectivas razonables para acudir al Comité, solo le comunicaré esa conclusión.
Este servicio no es adecuado para usted si puede suscribir sin reservas cualquiera de estas afirmaciones: