Si actualmente no se le busca por conducto de INTERPOL, pero tiene razones concretas para considerar que un Estado puede intentar obtener una notificación roja o una difusión, prepararé objeciones preventivas ante la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL.
Si después el Estado intenta obtener una notificación roja o una difusión, es muy probable que los argumentos presentados de antemano se tengan en cuenta antes de decidir sobre el registro de datos en el Sistema de Información de INTERPOL. En la práctica, esto suele permitir que esa búsqueda quede bloqueada mientras se examina la cuestión y que usted pueda presentar objeciones antes de que la información sobre la búsqueda esté disponible para otros Estados a través del Sistema de Información de INTERPOL y pueda utilizarse para una detención.
Si el fundamento de la solicitud está relacionado con el riesgo de tortura, de un juicio injusto o de abuso de la persecución penal, ante la CCF pueden plantearse, en lo sustancial, las mismas cuestiones que en los casos de extradición se plantean ante el TEDH o el Comité de Derechos Humanos de la ONU. Esto tiene sentido porque la propia CCF utiliza ampliamente los estándares desarrollados en la jurisprudencia del TEDH. Sin embargo, ante el TEDH y el Comité esas quejas no se dirigen contra el Estado solicitante que promovió la búsqueda de la persona, sino contra el Estado que la detuvo con fines de extradición, y solo después de utilizar las vías de defensa contra la extradición en ese Estado. Para la protección ante la CCF, la detención con fines de extradición y el agotamiento de esas vías de defensa no son necesarios. Para una solicitud preventiva no es necesario que el Estado ya haya obtenido una notificación roja o una difusión: los argumentos pueden presentarse de antemano, en la práctica contra el futuro intento del Estado solicitante de utilizar INTERPOL, si hay motivos para considerar que puede intentar hacerlo.
Los fundamentos habituales de las objeciones preventivas son los mismos que cuando se impugna una notificación roja o una difusión ya publicada:
- el uso de una causa penal con fines de persecución por motivos políticos, religiosos, raciales o similares, por su origen, pertenencia a un grupo perseguido, declaraciones, actividad periodística, de defensa de los derechos humanos, pública o de otra índole;
- el intento de obtener una búsqueda internacional no por un delito común, sino por actos relacionados con el servicio militar, un conflicto armado o las acciones de una de las partes en el conflicto;
- un riesgo real de tortura, tratos o penas inhumanos o degradantes, o de una denegación flagrante de justicia, en caso de extradición al Estado solicitante;
- la inexistencia, revocación o modificación de la resolución nacional en la que se basa la solicitud de búsqueda; el sobreseimiento o archivo del caso; la prescripción; la falta de correspondencia entre la descripción de la acusación o de su papel y los materiales del caso; una situación en la que el Estado solicitante tuvo una oportunidad real de solicitar la extradición, pero, sin una explicación razonable, no lo hizo.
El tiempo necesario en su caso y, por tanto, el coste de preparar las objeciones preventivas solo puedo determinarlos a partir de los documentos. Facilite documentos que muestren por qué el Estado puede intentar que se le busque por conducto de INTERPOL, los documentos principales del caso por el que esa búsqueda podría iniciarse y los documentos que, a su juicio, confirmen los fundamentos aplicables a su caso de la lista anterior. Si ya tiene en formato electrónico todos los materiales de ese caso, es mejor facilitarlos desde el principio. No tema enviar documentos de más ni dejar de adjuntar alguno: si, tras estudiar lo que me haya enviado, necesito documentos adicionales, se los pediré.
Facilite todos los documentos en el idioma original. La CCF acepta documentos en árabe, español, francés e inglés, por lo que, si el documento necesario para la solicitud no está redactado en uno de esos idiomas, hará falta una traducción. Si ya dispone de una traducción de ese documento a uno de esos idiomas, facilítela junto con el original: comprobaré si puede utilizarse para la solicitud ante la CCF. Si no dispone de una traducción adecuada, prepararé la traducción del documento necesario al inglés con una terminología coherente con los argumentos de la solicitud ante la CCF y con las fuentes jurídicas aplicables.
El coste de preparar la solicitud puede oscilar entre varios miles de euros y 10 000 euros o más si se requieren decenas de horas de trabajo. Ese tiempo es necesario para estudiar los documentos, identificar los hechos clave, analizar la práctica de la CCF, del TEDH y de otros órganos internacionales respecto de cada fundamento, preparar los argumentos y exponer todo ello en la solicitud de forma breve, clara y coherente.
Normalmente respondo en el plazo de una semana tras recibir todos los documentos e información necesarios. Si no se aprecian motivos razonables para presentar una solicitud a la CCF, me limitaré a comunicárselo. Si los hay, le indicaré el coste de preparar las objeciones preventivas y le enviaré también el contrato. Puede pagar el servicio mediante transferencia bancaria a mi cuenta en Suiza o por otros medios, según el país desde el que se efectúe el pago.
El plazo de preparación de las objeciones preventivas depende del volumen de trabajo, será siempre razonable teniendo en cuenta las circunstancias del caso y se indicará expresamente en el contrato. Como resultado del trabajo recibirá el texto de la solicitud preventiva, sus anexos y las indicaciones para presentarla por su cuenta a través del portal de la CCF. Si desea que presente la solicitud en su nombre, será necesario un poder de representación.
Este servicio no es adecuado para usted si puede suscribir sin reservas cualquiera de estas afirmaciones:
